sábado, 22 de diciembre de 2018

Nuevo Reglamento Eléctrico: Incertidumbre Regulatoria



Hace poco más de 6 meses, el 12 de junio de 2018, y tras un largo proceso de discusión, donde se invitó a las empresas del sector a colaborar con su confección, se publicó el nuevo reglamento, de nombre un tanto extenso: “reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica”.

La nueva norma, que pretendía reemplazar al antiguo Reglamento de Corrientes Fuertes, NSEG 5 En 71 del año 1955, según artículo transitorio entraba en vigencia a los 180 días de publicada en el Diario Oficial, lo que significa que es mandatoria a partir del 9 de diciembre.

Dentro de las novedades se incluyen disposiciones acerca de conservación de los estudios y documentos técnicos utilizados en el diseño, certificación y construcción de las instalaciones y posteriores inspecciones, la introducción de un SGIIE o Sistema de Gestión de Integridad de Instalaciones Eléctricas, plazos mínimos (15 días hábiles) para comunicar a la SEC puesta en servicio de nuevas instalaciones, y la introducción del concepto de Hecho Esencial y exigencia de informar a la Superintendencia en caso de hechos esenciales, accidentes o incidentes incluyendo informes de causa y acciones correctivas.

La otra gran novedad, es que el reglamento se basa en la dictación de 17 pliegos técnicos que ya estuvieron en consulta pública, y que por ubicarse en un menor rango dentro de la jerarquía legal, no requerirían de una aprobación de la Contraloría para ser promulgados o modificados, por lo que se esperaría una rápida dictación y revisión en caso necesario, sin esperar prolongados tiempos de aprobación administrativa. La lista de pliegos, extraída del propio artículo de, es la siguiente:



Sin embargo, habiendo entrado en vigencia el nuevo reglamento, los pliegos técnicos aún no son promulgados oficialmente. Sólo fueron publicados en su versión propuesta durante la consulta pública. Sin estos pliegos, la aplicación del nuevo reglamento no parece posible, o sería posible en forma muy limitada.


Dada la gran cantidad de obras próximas a licitarse, la falta de claridad genera incertidumbres en los procesos, que obligan a las empresas a tomar definiciones en cuanto a las soluciones a adoptar, donde podría darse el caso en que se apueste por exigencias mayores a las que finalmente resulten, aumentando los costos que luego se traducen en tarifas, o con exigencias menores que significarán fuentes de conflicto durante el desarrollo de las obras, normalmente muy acotados.

Otras complicaciones para el desarrollo de proyectos son que este reglamento no aplica a instalaciones de distribución de clientes, y que el Reglamento de Corrientes Fuertes no ha sido derogado, por lo que podrían convivir disposiciones contradictorias. También existe una iniciativa, ya en curso, de la CNE para promulgar una tercera regulación, que sería un anexo técnico de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio.

Enlaces:

Nuevo decreto:

Reglamento de Corrientes Fuertes:
Nota:Numeral 2 del artículo 109 se encuentra derogado por Resolución137 de 1993

Proceso normativo “Elaboración Anexo Técnico Diseño de Instalaciones de Transmisión” (se muestra la resolución de inicio):


domingo, 16 de diciembre de 2018

Incendios Forestales en el País, los estamos previniendo adecuadamente?






Si bien en general evitamos comentar notas de prensa sin la debida confirmación de los antecedentes, en esta oportunidad haremos una excepción respecto a un par de noticias llamaron la atención de quien escribe (durante los primeros días de diciembre de 2018).

La primera nota, del domingo 9 de diciembre, señala que existe preocupación por el tendido eléctrico en las cercanías del aeropuerto El Tepual de Puerto Montt, zona sur de Chile, con grandes extensiones de vegetación nativa. Se indica que los cables pasan muy cerca de las arboledas al costado del camino, que el peligro tiene relación con una eventual caída de árboles, y además esto sería una “pésima imagen para el turismo”. El gerente de la compañía distribuidora eléctrica de la zona manifiesta que se preocupan de los despejes necesarios y disponibilidad para solucionar problemáticas, y desde la Seremi de Energía dicen que “lo mejor sería el soterramiento de los cables, como se ha hecho en otros puntos del país, pero que se trata de un trabajo a largo plazo”.

La segunda nota, del miércoles 14, comienza indicando que la ocurrencia de incendios forestales en La Araucanía, también al sur del país y con extensa vegetación nativa y de cultivos, ha disminuido en un 51% respecto al año anterior. La noticia, que recoge la presentación de una autoridad de la Conaf en el marco de una sesión de prevención de incendios forestales, entrega datos de cantidad de incendios en las dos provincias que conforman la región, y cantidad de hectáreas afectadas. Se indica luego que para la prevención se han incrementado los recursos en un 23%, lo que permitiría aumentar la dotación de personal técnico. Adicionalmente, se hace referencia a las aeronaves disponibles y que se requiere intensificar las labores preventivas dado que se espera un verano más seco.


Para contextualizar en lo referente a incendios forestales, recordemos que en los últimos años han habido al menos 3 grandes incendios, que han cobrado vidas humanas, pérdida de especies arbóreas milenarias, y daños y pérdidas de bienes de las personas (recuerdos, muebles, herramientas y maquinaria de trabajo):
  • China Muerta en marzo de 2015
  • Valparaíso en abril de 2016
  • Regiones Maule y O’Higgins en enero de 2017, con la destrucción del pueblo de Santa Olga (varios incendios simultáneos)
Si bien las causas de los incendios son diversas, no se puede descartar a la interacción entre líneas eléctricas y vegetación como una de ellas. El reglamento Eléctrico de Corrientes Fuertes (conocido como NSEG 5 En 71), dispone que “Los árboles que están en la proximidad de líneas aéreas en conductor desnudo deben ser o bien derribados o bien podados suficientemente para no exponer esas líneas a un peligro”. Estos peligros asociados pueden generar diversas consecuencias:

La caída de un árbol puede llegar a cortar un conductor o derribar una estructura, ante lo cual normalmente las protecciones de los alimentadores desconectarán la línea, interrumpiendo el suministro.

Una rama seca que caiga sobre la línea podría provocar una corriente de falla elevada, fase-tierra o fase-fase, con la consiguiente actuación de las protecciones.

Una caída de árbol que en lugar de derribar la estructura produzca algún grado de deformación de ésta, podría dejar la línea en una condición de peligro por baja altura de conductores energizados. El contacto.

Sin embargo, un potencial incendio estaría asociado a una condición en que las ramas hacen un contacto no muy efectivo, con corrientes relativamente bajas, típicamente sobre los 0,5 A (amperes), que no son detectadas por las protecciones eléctricas, pero suficientes como para ir secando el árbol en forma paulatina, y luego de un tiempo iniciar una ignición.

Surgen entonces algunas preguntas obvias: Hemos aprendido de las aciagos hechos anteriores? Hemos tomado todas las acciones razonables para que esto no vuelva a repetirse?
Por de pronto, la segunda noticia, que relata la existencia de mesas de coordinación, mayores recursos para aumento de dotación destinada a actividades de prevención, y equipamiento para combate de incendios, esperándose que se implementen adecuados programas de mantenimiento y logística para que las aeronaves se encuentren operativas en caso de requerirse, y la tendencia a la baja en las estadísticas, al menos en una región sensible del país, parecen ir en la dirección correcta.

Sin embargo, la primera noticia, y en especial la respuesta entregada desde la autoridad de Energía, es altamente preocupante. En efecto, esta repartición pública, bajo cuya dependencia administrativa se encuentra la SEC o Superintendencia de Electricidad y Combustibles, al hablar de soluciones de largo plazo consistentes en soterramiento de cables, que a estas alturas parece una respuesta de manual dada repetitivamente cada vez que se producen interrupciones prolongadas de suministro en distribución eléctrica, parece desconocer que las disposiciones reglamentarias, y en especial las relacionadas con la seguridad de las personas, no pueden estar sujetas a un análisis de costos y aprobación de presupuestos. Correcto sería instruir que mientras se toman medidas de fondo, al menos se implemente un procedimiento de monitoreo constante de todos los puntos de preocupación, se efectúen podas y roces en la mayor extensión posible, y se reemplace conductor desnudo por protegido, que sin eliminar el peligro de inicio y propagación del fuego, reduce las probabilidades de siniestros a casos más puntuales.


Otra materia que no queda despejada, es si existe alguna responsabilidad en caso de producirse este tipo de eventos. Lamentablemente, parece que ésta se diluye entre entidades como la SEC, CONAF, ONEMI, Municipalidad, y empresa de distribución, lo que termina siendo el escenario perfecto para que cada uno presente sus descargos correspondientes. Hace un tiempo, tras el mega terremoto de 2010, ya se había hablado acerca de una profesionalización de los servicios de emergencia, y que éstos no dependan del poder político de turno. Mantener el grado de improvisación actual, con medidas útiles pero que no atacan el problema de fondo, no tiene otro nombre que indolencia por parte del Estado respecto a eventos de alto impacto para la población y el medio ambiente, que dado que al parecer la constante de tiempo en que caen en el olvido es inferior a los periodos eleccionarios, no son atendidos de una forma integral.

Acá las noticias mencionadas: